La Hacienda Pública comprende principalmente la administración y disposición de recursos y caudales públicos. Corresponde al Presidente, los Ministros y demás funcionarios competentes por vía constitucional y legal la administración de la Hacienda Pública en Venezuela, están obligados como administradores a rendir cuentas y son responsables de la gestión que les ha sido encomendada, esa responsabilidad puede hacerse efectiva por diversas vías, que conforman el último momento de la actividad financiera, el cual es el control de todos los bienes y servicios que la Nación posee.
La
Hacienda Pública Nacional comprende los bienes, rentas y deudas que
forman el activo y el pasivo de la Nación, y todos los demás bienes y
rentas cuya administración corresponde al Poder Nacional. La Hacienda,
considerada como persona jurídica, se denomina Fisco Nacional.
La hacienda pública estudia:
- Ingresos públicos
- Gastos públicos
- Presupuestos públicos donde se recogen ingresos y gastos, así como posible déficit presupuestario y formas de financiarlos: déficit presupuestario, deuda pública.
- Comportamiento del sector público en una economía de mercado.
- Toma de decisiones públicas.
Efectos económicos y repercusiones distributivas de las actuaciones públicas en el sector privado de la economía
Los Elementos que forman la hacienda nacional son:
Bienes Nacionales
- a) Los bienes muebles o inmuebles, derechos y acciones que por cualquier título entraron a formar el patrimonio de la Nación al constituirse ésta en Estado soberano.
- b) Los bienes muebles o inmuebles que se encuentren en el territorio de la República y que no tengan dueño.
Rentas Nacionales
- a) Rentas Ordinarias: El Producto de las contribuciones nacionales, los intereses que satisfagan a la Nación los Institutos Oficiales Autónomos que se hayan fundado con capital del Estado, y los intereses o dividendos de las empresas de cualquier género de cuyo capital haya sido suscriptor el Estado.
- b) Rentas extraordinarias: están constituidas por el producto de cualesquiera operaciones financieras que decrete o autorice el Congreso para proveer las necesidades del Tesoro.
Pasivo de la Hacienda Nacional
- 1. La Deuda Pública.
- 2. Las acreencias contra el Tesoro Nacional provenientes de la ejecución del Presupuesto, conforme a la Ley.
- 3. Las acreencias o derechos reconocidos y liquidados por el Ejecutivo Nacional conforme al presente Título o declarados por sentencia de Tribunal competente.
Derecho financiero: es
la rama del derecho que regula la actividad financiera del estado y de
los entes públicos. Es la disciplina que tiene por objeto el estudio
sistemático de las normas que regulan los recursos económicos, que el
estado y los demás entes públicos pueden emplear para el cumplimiento de
sus fines.
Dayana Davila
CI 19.995.511
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